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Covid-19

Lista de Verificación de Salud y Seguridad en el Almacén: COVID-19

Salud y información importante sobre la cobertura especial en respuesta al Coronavirus

NY: Return to Work COVID-19 Letter

City of New York COVID-19 Hotel Program

Si está en riesgo de desalojo, o si desea información actualizada sobre la moratoria de desalojo y el Tribunal de la Vivienda (Housing Court)

Si es inquilino de vivienda y está en peligro de desalojo:

  • Todo inquilino de vivienda en la ciudad de Nueva York tiene a su disposición asesoría legal y gratuita. Podrá recibir ayuda legal y gratuita a través de la Oficina de Justicia Civil de la Administración de Recursos Humanos (Human Resources Administration Office of Civil Justice, HRA OCJ), conforme a la ley de “derecho a asesoría” de la ciudad, si se enfrenta a un caso de desalojo y, en particular, si ha recibido orden de desalojo o moción para hacer cumplir una orden judicial. Acceda a estos servicios al llamar al 311 y solicite la “Tenant Helpline” (línea de ayuda al inquilino), o llene el formulario “Contáctenos” de la Oficina de la Alcaldía para la Protección del Inquilino (Mayor’s Office to Protect Tenants).
  • Si está en peligro de desalojo, infórmese mejor por el Portal de recursos para inquilinos acerca de los desalojos por impago y retención de tenencia, así como los derechos y protecciones con que cuenta en cada caso.
  • La Administración de Recursos Humanos (Human Resources Administration, HRA) se dispone a recibir solicitudes de ayuda urgente para el alquiler para aquellos que lo necesiten. El trámite se puede realizar en la mayoría de los casos sin tener que ir a la oficina de la HRA. Presente su solicitud de ayuda urgente para alquileres atrasado y demás beneficios en ACCESS HRA.

Restricciones de desalojo: Han sido anunciadas dos Moratorias de desalojo (restricciones de desalojo) que protegen a los inquilinos.

  • Actualmente, muchos inquilinos que están experimentando desalojos, pueden estar protegidos de ser desalojados bajo las leyes estatales y una orden de la entidad federal Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (Centers for Disease Control, CDC) La explicación de estas protecciones se encuentra abajo.
  • Por favor, tenga en cuenta que estas restricciones de desalojo se superponen y le pueden afectar dependiendo de cómo los tribunales las interpreten. Estas restricciones también están sujetas a cambios. Llame al 311 y diga “Tenant Helpline” (“línea de ayuda al inquilino”) para informarse mejor sobre cómo podrían servirle tales restricciones.
  • Bajo la ley estatal, Ley de Puerto Seguro para Inquilinos (Tenant Safe Harbor Act), y la orden relativa del gobernador, los inquilinos que se encuentren en riesgo de desalojo por falta de pago de alquiler que hayan tenido problemas económicos en cualquier momento en o después del 7 de marzo, 2020, no podrán ser desalojados hasta el primero de enero de 2021. Esta protección es aplicable sin importar cuándo empezó a deber el alquiler o cuándo se acabó el plazo para pagarlo. Así que, si usted es sometido a una sentencia o una orden de desalojo concedida antes del 7 de marzo de 2020, pero tuvo problemas económicos en o después del 7 de marzo de 2020, usted está protegido de ser desalojado hasta el primero de enero de 2021.
    • Si bien la protección que ofrece dicha ley impide que el propietario lo desaloje, el tribunal podría permitir que el propietario tome medidas para cobrarle el alquiler que no haya pagado.
  • Los tribunales pueden determinar si la Ley de Puerto Seguro para Inquilinos (Tenant Safe Harbor Act), y la orden relativa del gobernador, protegen a los inquilinos de desalojos por razones diferentes a la falta de pago de alquiler. También, las protecciones fundamentales de la ley seguirán aplicándose, incluso hasta después del primero de enero de 2021. Si tiene preguntas sobre si la ley o la orden del gobernador le puede afectar o preguntas sobre sus derechos después del primero de enero de 2021, hay ayuda legal gratuita disponible al llamar al 311 y preguntar por “Tenant Helpline” (línea de ayuda al inquilino).
  • Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) dictaron una orden que entró en vigor el 4 de septiembre de 2020, que prohíbe a los propietarios desalojar a algunos inquilinos por impago de alquiler hasta el 31 de diciembre de 2020. Por lo tanto, a usted no se le podrá desalojar por atraso en el pago de alquiler hasta después del 31 de diciembre de 2020, si se encuentra al amparo de esta orden. Usted deberá cumplir con los siguientes requisitos para acogerse a esta orden:
    • Usted deberá cumplir con uno de los siguientes requisitos:
      • Sus ingresos serán de $99.000 o menos este año (o $198.000 si presenta una declaración conjunta);
      • No tuvo que declarar ingresos al Servicio de Rentas Internas (Internal Revenue Service, IRS) el año pasado; O
      • recibió un pago de incentivo federal.
    • Usted le debe proporcionar a su arrendador una declaración firmada donde jure lo siguiente para ser amparado por esta orden: 1. Sus ingresos serán de $99.000 o menos este año (o $198.000 si presenta una declaración conjunta), no tuvo que declarar ingresos al Servicio de Rentas Internas (Internal Revenue Service, IRS) el año pasado, O recibió un pago de incentivo federal; 2. No podrá pagar el alquiler debido a una pérdida sustancial de ingresos, horas de trabajo, un despido o “gastos médicos adicionales”, 3. Ha hecho todo lo posible para conseguir ayuda del gobierno para pagar el alquiler o la vivienda; 4. Está haciendo todo lo posible para pagar el alquiler por plazos; y 5. El desalojo lo obligaría a quedarse sin techo o a compartir morada.
  • Después de esta fecha, si usted es un inquilino que no pagó alquiler y sufrió dificultades financieras durante la pandemia, por regla general, queda protegido contra el desalojo hasta por lo menos el primero de enero de 2021, según la orden de los CDC, la ley estatal o la orden relativa del gobernador, arriba mencionadas, en cada caso si cumple con los requisitos de aptitud correspondientes y si toma las medidas necesarias para poner en marcha dichas protecciones. Llame al 311 y diga “Línea de Ayuda al Inquilino” (“Tenant Helpline”) para informarse mejor sobre cómo podrían servirle las restricciones de desalojo.

Información sobre el procedimiento de desalojo y las funciones del Tribunal de la Vivienda (Housing Court):

  • Los inquilinos que todavía no han respondido a las peticiones que han sido presentadas en contra de ellos, deben presentar una respuesta en el tribunal. Bajo la orden del gobernador emitida el 3 de noviembre de 2020, junto al memorando del Juez Presidente Administrativo, emitido el 17 de noviembre de 2020, los inquilinos con un caso por impago que haya sido presentado en o antes del 3 de noviembre de 2020, deberán presentar una respuesta antes del fin de este año (31 de diciembre de 2020). Los inquilinos a los que se les presentó una petición en su contra después del 3 de noviembre, 2020, tienen un periodo común legal de 10 días para presentar una respuesta. La falta de responder a una petición de desalojo, puede llevar a una sentencia predeterminada en contra suya, que puede llevar al desalojo. Si tiene preguntas sobre cómo estas órdenes pueden afectar su caso de desalojo, por favor, llame al 311 y solicite la “Tenant Helpline” (línea de ayuda al inquilino) Para encontrar información actualizada sobre cómo responder a una petición, por favor visite la página web del Tribunal de la Vivienda de la Ciudad de Nueva York en http://www.nycourts.gov/courts/nyc/civil/corona/evictions.shtml.
  • Si recibió notificación de desalojo antes del 16 de marzo de 2020, el propietario debe pedirle permiso al tribunal (presentar una moción) para desalojarlo. Estas restricciones de desalojo mencionadas anteriormente, pueden evitar que su arrendador obtenga tales permisos. Si recibe una notificación de una moción como esta, o si recibe una orden de desalojo, la Oficina de Justicia Civil de la HRA podrá brindarle representación legal gratuita sobre su caso. Estos servicios legales están disponibles sin importar su código postal, sus ingresos anuales, o su situación migratoria. Llame cuanto antes al 311 y solicite la “Línea de Ayuda al Inquilino” (“Tenant Helpline”) para que le refieran a ayuda legal gratuita.
  • Si se enfrenta a un caso de desalojo que fue presentado antes del 16 de marzo de 2020 (antes de la pandemia de COVID), el caso podrá proceder sólo si el Tribunal de la Vivienda convoca una audiencia de situación o de arreglo con las partes. En dicha audiencia, el tribunal deberá remitir a las partes sin representación a servicios legales y a organismos de asesoría en asuntos de vivienda.
  • Si se enfrenta a un caso de desalojo, podrá recibir ayuda legal y gratuita a través de la Oficina de Justicia Civil de la HRA OCJ, conforme a la ley de “derecho a asesoría” de la ciudad. Acceda a estos servicios al llamar al 311 y solicite la “Línea de Ayuda al Inquilino” (Tenant Helpline), o llene el formulario “Contáctenos” de la Oficina de la Alcaldía para la Protección del Inquilino.
  • De recibir petición de desalojo del Tribunal de Vivienda, no tendrá que presentarse en persona para dar su respuesta. Las peticiones nuevas deben incluir una notificación con información sobre cómo responderlas por teléfono e incluir el número de teléfono de Respuestas del Tribunal de Vivienda, que brinda información legal básica y referidos a servicios legales gratuitos a través de la Oficina de Justicia Civil de la HRA.
  • El Tribunal de Vivienda de la Ciudad de Nueva York atiende casos urgentes, tales como, si el propietario le cierra la puerta de su casa sin una orden judicial, si necesita reparaciones de emergencia o si necesita servicios vitales como calefacción o agua caliente. Podrá iniciar un caso de emergencia por vía electrónica o por teléfono y presentarse sin necesidad de acudir a un tribunal. Los demás asuntos se aplazarán en el tribunal y se notificará a las partes por tarjeta postal. Infórmese mejor en http://www.nycourts.gov/ o llame al 833-503-0447 (línea gratuita).

*INFORMACIÓN IMPORTANTE DE COVID-19*

Estimados Miembros de Local 2013,

Sabemos que todos están nerviosos y están llenos de más preguntas con respecto al Coronavirus y el impacto que está teniendo en nuestra vida cotidiana, tanto en el trabajo como en el hogar.

Les escribimos a todos los empleadores con los que tenemos Convenios Colectivos para informarles que necesitamos mantener líneas de comunicación abiertas a medida que se desarrollan los impactos en varios negocios. También les aconsejamos que en las industrias que requieren equipo de protección personal como guantes; máscaras faciales; etc., esperamos que tengan suficiente inventario para asegurar que cada miembro que requiera este equipo de protección personal lo tenga disponible.

Además, les aconsejamos que comprendan los problemas de los miembros / trabajadores en relación con el cuidado infantil y el impacto que pueden tener los cierres de escuelas en la capacidad de las personas para presentarse al trabajo o el impacto relacionado en asuntos como el absentismo; en general, es posible que se deban tratar reglas estrictas de disciplina en un tono más comprensivo.

También les hemos recordado que nuestros Contratos todavía están vigentes y deben cumplirse; si bien entendemos el impacto que el virus puede tener en ciertas industrias y negocios, también deben recordar que estamos aquí para proteger los derechos de los miembros.

A medida que las cosas continúan desarrollándose, puede ser necesario hacer las cosas de manera diferente, y es por eso que las comunicaciones en tiempo real son vitales. Existe un diálogo continuo con funcionarios del gobierno (local, estatal y federal) para analizar qué alivio legislativo se puede proporcionar para disminuir el impacto económico y financiero para los trabajadores.

A medida que ocurran los desarrollos (de hora a hora y diariamente), buscaremos mantener las
comunicaciones con los miembros lo más actualizadas posible; para ello, debe asegurarse de que
tenemos la información de contacto más actualizada para cada miembro

OPRIMA AQUI ACTUALIZA TU INFORMACION.

Esto incluye números de teléfono, direcciones de correo electrónico; dirección de la vivienda física. Además, asegúrese de
mantenerse en contacto con sus representantes sindicales para obtener información actualizada.

Sabemos que algunas empresas impartidas ya han tenido que implementar horarios reducidos y, en algunos casos, incluso despidos.

En Solidaridad,
Louis Mark Carotenuto – President
UFCW Local 2013
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Testimony of Louis Mark Carotenuto

President UFCW Local 2013
Before the New York City Council
Committee on Civil Service and Labor
In Support of Int. No. 1918-2020 – Premium Pay for Essential Workers
May 5, 2020

Good Afternoon. Thank you Chairman Miller, Speaker Johnson, and members of the City Council. I am pleased to submit this testimony in support of Int. No. 1918-2020, which would guarantee badly needed premium pay for essential workers…

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To Healthcare Employers Regarding PPE

We are hearing from members throughout the industry that they are not being given adequate supplies of the proper PPE in facilities where exposure is clearly happening and that the essentials like face mask; gloves; gowns are in extremely short supply. We have also heard that in a few facilities, the supply of essential PPE is being stored in locked supervisor’s offices who are not at work and that in some cases the workers who need this PPE the most are unable to get sufficient new supplies.

We urge you to make certain you have adequate supplies of the necessary PPE to protect your workforce – our members, we also urge you to make absolutely certain that this PPE is in a place where it is readily available at ALL times to the workers on the frontlines…

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To All Employers

As you know, a Stimulus Package being developed in Washington, D.C. and expected to be approved at any time now that will assist American businesses and workers alike as we deal with the COVID 19 Pandemic. We urge you all to do your best to hold off on making rash premature decisions and actions; keep workers on payrolls and avoid layoffs as long as possible.

Premature action on your part may cost you and your workers, our members, eligibility to economic benefits that are still being debated and developed in this Stimulus. Moreover, at a time in history unlike one we seen before, to push workers off of Healthcare benefits and eligibility during a Health epidemi…

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What Actions Are We Taking?

1) Local 2013 is pushing the Mayor and Governor for our Healthcare and Food related members to receive first responder status. You are on the frontlines.

2) Working with state and federal leaders to develop immediate policies that will protect members’ personal and economic health. Specifically, both the local union and International union are working with elected leaders to ensure that any new local, state, and federal policies to address the Coronavirus pandemic also address the essential concerns of UFCW members.

3) The local union and International union are having ongoing discussions with management and your employers about the steps they are taking (and should take) to protect your job, pay and benefits. These discussions include additional steps they need to take to protect co-workers from any workplace exposure to the coronavirus, as well as address concerns our members have raised.

 AND MORE.  Read the full letter here.

Notice To Employers

During these ever changing times as we are all trying to understand the impacts that the Coronavirus is having on our collective lives and businesses, the thing we need to understand more than anything is that this is a healthcare emergency and it is impacting our families; friends; co-workers; employee’s; members in ways that are unimaginable and that we’ve never seen before.

There are challenging issues impacting your business and our members. While the landscape is evolving every day we wanted to stress the importance of the following issues to help guide us through these turbulent times. First is that the health and safety of our members must be a priority. That means the safety of your facility be addressed and that necessary’ personal protection equipment (PPE) be provided to employees including masks and gloves as necessary. Second any employee who is unable to work…

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Notice To Healthcare Employers

With each passing day we are seeing greater restrictions put on businesses throughout the tri-state area; additionally the one thing that everyone agrees on is that certain industries have been designated as “Essential Businesses” and more than any — its anything healthcare related services Nursing Homes; Assisted Living; Home Health Aides; etc. that have been consistently reported and recognized as being on the frontlines of this pandemic crisis…

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